lunes, 24 de agosto de 2009

Cuadros Hermenéuticos

Los cuadros hermenéuticos nos sirven para analizar y resumir jurisprudencia.

El derecho jurisprudencial en Colombia está en plena discusión, por lo cual la forma de interpretar y leer la jurisprudencia puede variar de acuerdo a la posición asumida. En este sentido no hay un formato único para analizar la jurisprudencia, por lo cual la forma del cuadro hermenéutico es una sugerencia o mejor una propuesta de análisis.

Estos son muy útiles a la hora de realizar líneas jurisprudenciales, ya que nos permiten identificar y comparar los precedentes, así como extraer las subreglas de interpretación.

Las partes del cuadro hermenéutico pueden variar de acuerdo a las necesidades de cada investigación, la idea es que uno le agregue aquello que considere importante, ojala preguntas específicas que tengan que ver con nuestro tema, además depende de qué tipo de jurisdicción o jueces se esté investigando:

(¡Ojo! En todo caso debe entenderse como una copia textual de la sentencia)

Un esquema básico tomando como modelo la Corte Constitucional comprende las siguientes partes:

  1. Identificación de la sentencia y del Magistrado Ponente
  2. Normas Citadas
  3. Sentencias citadas
  4. Problema jurídico ( este consiste en lo que considera la Corte que debe resolver, no es lo que le plantean las partes aunque a veces coinciden, generalmente este se encuentra al principio de la consideraciones de la Corte, en la jurisprudencia reciente esta de manera explícita y se debe copiar de manera textual)
  5. Resuelve
  6. Ratione Decidendi ( estas son las razones que la Corte esboza para haber tomado la decisión, se espera que las mismas sean armónicas con el planteamiento del problema y el resuelve, algunos consideran que aquí estaría el precedente o regla de derecho jurisprudencial)

viernes, 14 de agosto de 2009

Presentación

Este es el Blog de la Cátedra de Hermenéutica Jurídica

Justificación

¿Cuál es el valor de las decisiones judiciales en Colombia?

A partir del proceso constituyente de 1991 se intensifico la pregunta por el valor de las decisiones judiciales en Colombia, es decir por el peso que tienen las mismas dentro del ordenamiento jurídico colombiano, o mejor aún, su carácter, su papel, dentro de las fuentes del derecho.

En el proceso constituyente se presento una clara tendencia propugnadora por una revalorización del papel de la jurisprudencia dentro del orden jurídico, debido al rol de primer orden que debe cumplir el juez en una democracia por ser el directamente responsable de asegurar la efectividad del Estado Social de Derecho (ESD), al ser el máximo intérprete constitucional.[1]

Gracias a esto se dio la creación de la Corte Constitucional como órgano de cierre del sistema ( es la que dice la última palabra en cada caso) al ser la que dirime los conflictos sobre el significado de la Constitución, o sea, en última instancia la Corte es la que dice que es derecho.

Todo esto quiere decir que en Colombia a partir de la promulgación de la constitución de 1991 y su consecuente consagración del (ESD) la jurisprudencia constitucional y en especial la de la Corte Constitucional a cobrado un papel fundamental en la comprensión del ordenamiento jurídico colombiano.

Es decir, con la constitución de 1991 podemos afirmar que la tradicional concepción de las fuentes del derecho que consideraba a la jurisprudencia como una fuente secundaria de la misma fue revaluada, ya que ahora la jurisprudencia de la Corte Constitucional se convierte en la fuente principal del derecho al servir de instrumento interpretativo, integrativo y creativo de todo el ordenamiento.[2]

¿Qué es una línea jurisprudencial?

Por esta entendemos el análisis estructural que se que se realiza de las jurisprudencias de los jueces que para el caso concreto de nuestra materia son las sentencias de la Corte Constitucional Colombiana.

Para la elaboración de la misma se procede a tomar las sentencias particulares de casos concretos identificando sus problemas jurídicos y extrayendo las subreglas de interpretación constitucional.

Posteriormente se hace un análisis temporal, comparativo y clasificatorio; identificando sus semejanzas y diferencias, para luego poder agruparlas de acuerdo a las mismas, lo que permite mostrar de manera grafica las tendencias y perspectivas de la jurisprudencia como una unidad cambiante y flexible.

En otras palabras lo que pretende la elaboración de la línea tal y como lo dice Diego Eduardo López, es identificar las sentencias relevantes dentro de la línea, para así poder construir teorías estructurales.[3]

Es decir, es claro que para entender el derecho jurisprudencial no basta leer la sentencias de manera aislada hay que comprender que las mismas hacen parte de una estructura, de un contexto, el cual es la línea.

Es a través de esta que podemos realizar un balance constitucional, esto es, identificar la doctrina vigente más o menos definida, o un patrón decisional, que sirva como regla de conducta a la actividad de los jueces, funcionarios, litigantes y a todos aquellos interesados en aplicar y comprender el derecho jurisprudencial de vista hacia posibles casos futuros.[4]



[1] CEPEDA Espinoza, Manuel José. Presentación del libro: el derecho de los jueces: Obligatoriedad del precedente constitucional, análisis de sentencias, líneas jurisprudenciales y teoría del derecho Jurisprudencial, de Diego Eduardo López. Bogota: Legis: Uniandes. 2002.

[2] VALENCIA Restrepo, Hernán. Nomoarquica, principialistica, o de los principios generales del derecho. Santa Fe de Bogota. Temis. 2005.

[3] LÓPEZ MEDINA, Diego Eduardo. El derecho de los jueces: Obligatoriedad del precedente constitucional, análisis de sentencias, líneas jurisprudenciales y teoría del derecho Jurisprudencial. Legis: Uniandes. 2002.p.55

[4] LÓPEZ op. Cit. p.56